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FechaTítuloResumen
8-sep-2020Duran (Causa n°16919)Un hombre fue detenido e imputado de acuerdo al régimen de flagrancia. En la audiencia inicial fue excarcelado. En el acta en la que se dispuso su soltura se dejó asentado, entre otras cuestiones, que debía comunicar cualquier cambio de domicilio y asistir al tribunal cada quince días. En el acta se omitió poner en conocimiento del imputado el domicilio del juzgado. Luego, el tribunal se declaró incompetente y dispuso la intervención de otro tribunal. Esta información no fue notificada. De forma posterior, y a raíz de la emergencia sanitaria, se dispusieron medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio y el imputado no se presentó ante el tribunal. El juzgado intentó notificarlo de la audiencia de clausura y la diligencia arrojó resultado negativo. Entonces, revocó la excarcelación, declaró la rebeldía del imputado y dictó una orden de captura. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio.
2-oct-2017MRI (causa Nº 56598)Una persona imputada en un proceso penal se presentó ante el juzgado y ratificó su domicilio. En esa oportunidad, explicó que en la misma dirección había múltiples viviendas. Además, indicó que no había timbre ni encargado y que no tenía relación con sus vecinos. Por último, hizo saber que durante gran parte del día, no se encontraba en su casa. Posteriormente, fue citada a comparecer ante el juzgado. Las notificaciones cursadas en su domicilio tuvieron resultado negativo. Por ese motivo, fue declarada en rebeldía y se ordenó su captura. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de apelación. En particular, consideró que no se había cumplido con los requisitos del artículo 149 del Código Procesal Penal de la Nación. Además, sostuvo que ante los resultados negativos de las citaciones, se debían haber considerado medidas menos lesivas que la detención del imputado. Finalmente, consideró que no habían tenido en cuenta las particularidades del domicilio declaradas por su asistido ante el juzgado.